El pasado 27 de marzo, el Gobierno de Chile anunció la implementación de una serie de beneficios para los usuarios del sector eléctrico, debido a la contingencia sanitaria por COVID - 19. En función de este contexto implementamos el plan de ayuda que permite flexibilizar el pago de la cuenta de luz a nuestros clientes.
Los saldos impagos de la cuenta de electricidad que se originen durante la vigencia del Estado de Catástrofe podrán ser prorrateados, hasta en 36 cuotas, sin intereses ni multas, a partir del fin del Estado de Emergencia Sanitaria.
Los clientes con deudas acumuladas, menores a 10 UF, hasta antes de la vigencia del Estado de Catástrofe, también podrán prorratear dichas deudas.
Durante la vigencia del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, en el contexto de la contingencia por COVID -19, no se realizarán cortes de suministro eléctrico por atrasos en el pago de las cuentas de electricidad.
Podrán acogerse los clientes residenciales y empresas de menor tamaño, que se encuentren dentro de nuestra área de concesión y que cumplan con los requisitos que a continuación se indican:
Pertenecer al 60% más vulnerable con Registro Social de Hogares
Adultos mayores de 60 años
Pérdida de trabajo o fuente de ingresos
Tener ingresos anuales menores a 2400.- UF
Para acceder al beneficio, debes postular a través del formulario según tipo, Clientes Residenciales https://form.luzparral.cl o Empresas de menor tamaño https://form.luzparral.cl/empresas
Si tienes dudas sobre el beneficio de prórroga de pago por Covid-19, recuerda que puedes llamarnos al teléfono 800363655 y canalizar tus requerimientos.
En un plazo de cinco (5) días, contados desde la recepción de la solicitud, Luz Parral enviará respuesta al solicitante a través del correo electrónico que previamente fue ingresado en la solicitud.
El 19 de marzo se habilitó la plataforma para postular al beneficio y seguirá vigente durante todo el periodo que dure el Estado de Catástrofe, en el marco de la pandemia COVID-19.
Puedes revisar el estado de la solicitud del Beneficio Covid-19 en https://form.luzparral.cl/consultar-solicitud donde deberás ingresar el número de cliente y el correo electrónico registrado en el formulario.
En caso que tu solicitud se encuentre con documentos pendientes de carga, debes aportarlos a través del siguiente enlace https://form.luzparral.cl/consultar-solicitud. Donde deberás ingresar el número de cliente y el correo electrónico registrado en el formulario.
Sí, los saldos serán prorrateados y cobrados, sin multas ni intereses, a partir de la primera boleta o factura que se emita desde el fin del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, en un plazo de 36 meses.
Se refiere a la postergación del pago de la cuenta de la luz, hasta que termine el Estado de Catástrofe declarado por el Gobierno.
Los clientes con deudas acumuladas menores a 10 UF, hasta antes de la vigencia del Estado de Catástrofe, también podrán prorratear dichas deudas.
Durante la vigencia del Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, debido a la pandemia COVID -19, no se realizarán cortes de suministro eléctrico por atrasos en el pago de las cuentas de electricidad.
El estado final de la solicitud, será notificado por correo electrónico a todos los clientes que hayan postulado al beneficio.
Los estados de las solicitudes pueden ser: aprobados, pendiente por falta de documentación o rechazado.
El proceso se encuentra vigente, debes acceder mediante los formularios que se encuentran en la página web. https://form.luzparral.cl
Puedes revisar el estado de la solicitud en el link https://form.luzparral.cl/consultar-solicitud donde deberás ingresar el número de cliente y el correo electrónico registrado en el formulario.
Mensualmente seguiremos enviado tu boleta con el consumo, sin embargo, en el caso de no poder realizar el pago no realizaremos cortes de suministro mientras dure el Estado de Catástrofe. A partir del fin de éste se activará un convenio el cual prorrateará la deuda existente en 12 cuotas, sin intereses. Este cargo se podrá visualizar en la boleta como CONVENIO COVID.
A partir del 19 de marzo y durante la vigencia del Estado de Catástrofe, en el marco de la pandemia COVID-19.
Puedes enviarla mientras se mantenga el estado de Catástrofe. Sin embargo, te recomendamos realizarlo lo antes posible.
Sí, las respuestas de las solicitudes se envían a los medios de contacto indicados en el formulario, (SMS o mensaje al correo electrónico)
Pueden apelar todos aquellos solicitantes que han corregido antecedentes o presenten nuevos documentos.